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Por qué eliminar la estabilidad laboral atenta contra la clase trabajadora

La propuesta de Santiago Peña de reformar el Código Laboral, presentada en la Expo Negocio, busca modificar la estabilidad laboral, un derecho constitucional, sin evidencias claras que respalden su justificación.

Por: Josué Congo y Mario Larroza

Santiago Peña en la Expo Negocios 2024
La propuesta de Santiago Peña de modificar el Código Laboral contradice, tanto la Constitución Nacional como tratados internacionales en materia de derechos laborales, debido a la afectación de la estabilidad laboral y el derecho al trabajo en condiciones justas.

El anuncio de una reforma laboral lo hizo en la nueva edición de la Expo Negocio, donde argumentó que el proyecto de ley que presentará al Congreso para su aprobación tiene como objetivo brindar un “marco jurídico que permita tener mejores relaciones laborales”. ¿Pero cuál es la reforma que exactamente quiere llevar a cabo?

El punto exacto en el que busca incidir la reforma de Santiago Peña es en la estabilidad laboral, un derecho consagrado en la Constitución de 1967 y ratificado y ampliado en la Carta Magna de 1992. Para él, este “ajuste” es producto de la “evidencia científica” que muestra una “tragedia en el mercado laboral”. ¿Cuál es la referencia científica que toma el presidente para presentar una reforma del Código Laboral? Hasta ahora no señaló cuáles son estos estudios, aunque la ministra del Trabajo, Mónica Recalde, salió al paso y dijo que son documentos estudiados junto a la OIT.

Para Santiago Peña, el problema de la estabilidad laboral es un obstáculo para que los trabajadores se jubilen debido a que muchas empresas despiden a sus empleados cuando estos se acercan al umbral de la década de la antigüedad. En su lógica, no señala que son los empleadores quienes faltan a la ley laboral.

Las barreras legales que apunta a derribar el proyecto de reforma laboral de Peña

En la Constitución Nacional, en el artículo 86 del derecho al trabajo, el argumento es claro: “todos los habitantes de la República tienen derecho a un trabajo lícito, libremente escogido y a realizarse en condiciones dignas y justas”. Es decir, sin una razón legítima, el trabajador se estaría viendo en una situación vulnerable ante cualquier motivo que lo desvincule del trabajo, y por ende, sin garantía del ejercicio pleno del derecho al trabajo. Para que esto no suceda, la misma Constitución, en su artículo 94, menciona que “el derecho a la estabilidad del trabajador queda garantizado dentro de los límites que la ley establezca […]”. Con la modificación del artículo 78 del Código Laboral, contradice y lo hace incompatible con la exigencia constitucional de que los despidos deben estar debidamente justificados.

De esa forma, también la propuesta de modificar los artículos 78 y 79 del Código Laboral no solo contradice la Constitución Nacional -como lo señalamos-, sino que también entra en conflicto con los compromisos internacionales asumidos para proteger los derechos laborales.

Paraguay es signatario de varios tratados y convenios que garantizan la protección de los trabajadores frente a despidos arbitrarios. Entre ellos se destaca el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece en su artículo 4 que “un empleador no puede dar por terminada la relación laboral de un trabajador sin una causa justificada, ya sea relacionada con su capacidad o conducta, o bien basada en necesidades operativas del establecimiento”. La modificación propuesta por Santiago Peña, que permitiría el despido sin causa y elimina la estabilidad laboral, vulnera directamente este convenio al debilitar la protección que asegura la estabilidad en el empleo.

Expo Negocios 2024
Así mismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), al que Paraguay también está adherido, establece en sus artículos 6 y 7 el derecho al trabajo y la obligación de los Estados de garantizar condiciones laborales justas y equitativas. Al permitir el despido sin una justificación adecuada, el proyecto de Peña contradice este pacto, ya que no se estaría garantizando, una vez más, la seguridad laboral, uno de los principios fundamentales para el desarrollo de condiciones de trabajo digno. Los trabajadores quedarían expuestos a ser despedidos sin motivo aparente, lo que les privará de la protección que este pacto busca garantizar.

Por otro lado, la Declaración Universal de los Derechos Humanos refuerza la idea de que el derecho al trabajo incluye condiciones laborales justas y favorables. Si bien la declaración no es vinculante como un tratado, es un referente moral y normativo a nivel global. Al introducir la posibilidad de despidos sin causa, se estaría ignorando el principio de dignidad en el empleo, dejando a los trabajadores paraguayos en una situación de vulnerabilidad frente a decisiones arbitrarias por parte de sus empleadores.

Un ataque frontal a la clase trabajadora

Santiago Peña no solo es el presidente de Paraguay, es economista y fue ministro de Hacienda durante el gobierno de Horacio Cartes, líder del movimiento Honor Colorado que lo apadrinó para que llegue a la silla presidencial en 2023.

Como en 2017 el cartismo -como se denomina al movimiento interno de Horacio Cartes en el Partido Colorado- perdió las elecciones internas, Cartes se abocó a su grupo empresarial. Así, Peña se sumó como titular de Banco Basa en 2021, una de las empresas del conglomerado de Cartes, que en 2022 fue señalado como significativamente corrupto y sancionado económicamente por Estados Unidos.

Además, Peña también es accionista en Ueno Holding SAECA desde 2019. Según su Declaración Jurada de Bienes, a 2023 tenía G 6 mil millones en acciones en Ueno Holding, cuatro veces más que en 2019.

En sus intervenciones en medios, Peña dio a entender que está en constante conversación con el empresariado. Enrique Duarte, titular de la Unión Industrial del Paraguay, señaló en el programa Políticamente Yncorrecto que la eliminación de la estabilidad laboral y la reforma del Código Laboral es una reivindicación de hace tiempo del sector empresarial. Duarte dijo que los empresarios quieren tener la libertad de “manejar la nómina” de sus funcionarios sin impedimentos.

Además, la ministra del Trabajo, Mónica Recalde, salió a aclarar, explicar y dar luz sobre el anuncio del presidente de la República. Recalde argumentó que la modificación de la estabilidad laboral no contradice la Constitución Nacional. Su postura está en sintonía con un informe publicado por el Observatorio Laboral del Ministerio del Trabajo que plantea “considerar nuevas alternativas legales que realmente promuevan la continuidad laboral”, ya que según el gobierno, la figura de la estabilidad es la que impide al trabajador alcanzar la jubilación y que obliga al empleador o empresario despedir a su empleado antes de los diez años.

El gobierno de Peña responsabiliza de los despidos masivos al derecho adquirido por los trabajadores en la Constitución de 1967 y ratificado y ampliado en la Constitución de 1992, posterior a la dictadura stronista. De esta manera, Peña no señala el problema central: que los empleadores infringen la ley laboral.

Al parecer, la propuesta fue un “globo sonda” o un “tanteo” para ver la reacción de los sectores sobre la reforma laboral. El 16 de septiembre, tras una semana de su polémico anuncio en la Expo Negocios, Peña aclaró que “nosotros no tenemos un proyecto de ley, no tenemos las modificaciones. Queremos visibilizar una realidad que está precarizando el empleo de miles de paraguayos. Y lo que queremos es proteger el empleo”.

Pero la precarización laboral es una realidad cotidiana para todo ciudadano paraguayo. Aunque datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) revelan 1.472.704 de personas trabajan de manera informal en 2023 -esto significa que no tienen seguridad social-, esto es más palpable en los desafíos diarios de la clase trabajadora, que debe calcular todos los días cuánto gasta para cubrir derechos básicos, como alimentación, transporte, vivienda, electricidad y conectividad.

A pesar de la frivolidad, los datos del INE son ilustrativos. El 2023 cerró con 1.330.892 personas viviendo en la pobreza. Esto significa que ganan menos de G 28 mil guaraníes al día, según los indicadores del instituto. El actual valor del jornal mínimo es de G 103 mil guaraníes, casi tres veces más que la línea de pobreza. De alguna manera, para el Estado, una persona que gana un salario mínimo, no solo no es pobre, sino que gana tres veces más que una persona en pobreza.

La propuesta del presidente, además de atentar contra un derecho adquirido -que según los estándares internacionales no puede regredir-, no refleja la realidad de la clase trabajadora. En su característica altanería, dijo que se sentará con los sindicatos y centrales obreras “y les voy a explicar porque son los mayores beneficiarios” de la anunciada reforma laboral. Hasta ahora, varios sindicatos se posicionaron en contra de la eliminación de la estabilidad laboral y no descartan una huelga general en contra de la propuesta del gobierno.

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